El día miércoles 18 de junio de 2008, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma más trascendental desde la promulgación de la Constitución de 1917 en materia de proceso penal. Esta reforma transformó los juicios del orden penal, substituyendo el sistema inquisitivo o tradicional por el sistema acusatorio y oral.
El artículo transitorio segundo de dicha reforma estableció que el sistema procesal penal acusatorio entraría en vigor cuando lo estableciera la legislación secundaria correspondiente, sin exceder del plazo de ocho años, contado a partir del día siguiente de la publicación del decreto, esto significaba que a más tardar el día 19 de junio de 2016, debería de ser una realidad el proceso Adversarial, tanto para la federación como para los estados integrantes de la misma.
Existió en el principio mucha incredibilidad ante este cambio. Algunos sectores opinaban que era un capricho de la administración panista federal cuyo titular lo era el Presidente Felipe Calderón Hinojosa; otros aseguraban que cuando regresara un gobierno federal priista daría marcha atrás a la misma, incluso surgieron abundantes críticos que dijeron que el cambio era una imposición de Estados Unidos de Norteamérica. Opiniones totalmente equivocadas, pues nuestro país se encontraba rezagado en aplicar un sistema procesal penal justo que garantizara derechos tanto de víctima e imputado, respetara la presunción de inocencia, juicio previo y debido proceso, así como respeto a los Derechos Humanos.
La exigencia no fue de grupo político o país alguno, fue de organismos e instituciones internacionales que exigían el cambio de justicia criminal, ya que México realmente estaba atrasadísimo en este tema incluso de los países que forman Centro América y ni se diga Sudamérica. Esta enmienda a nuestro máximo ordenamiento, aunada a las de Derechos Humanos y en materia de Amparo era una urgente necesidad constitucional y legal.
Como dije al principio, existió una vacatio legis (tiempo que transcurre entre la publicación de una ley y su entrada en vigor) de ocho años, que en el 2008 se vieron muy lejanos y que originaron confianza en varios Estados para instrumentar su aplicación, pensando incluso que iba a existir una prórroga a la misma. Sin embargo esos ocho años transcurrieron más rápido de lo que se pensaba y hoy, 18 de junio de 2016 fenece el mismo, lo que significa que a partir del primer segundo del día de mañana 19 de junio de 2016, será una realidad su aplicación general, todos los hechos criminales que se cometan a partir de ese momento ya serán juzgados con las reglas del Sistema Adversarial y sus salidas alternas.
El año próximo cumplo 30 años de ejercer la abogacía como litigante en materia penal, tiempo que me ha dado la experiencia suficiente en el sistema inquisitivo para reconocer sus defectos y sus aciertos (que también los tiene), sin embargo, desde el momento que estudié la reforma me di cuenta que el actuar del defensor también debía cambiar, y puedo decir que en los 6 años que tengo litigando este sistema garantista, he percibido que la reforma realmente es un gran avance en materia de procuración y administración de justicia y un parte aguas de la misma.
Existen personas desde mi punto de vista negativas o aferradas a una cerrazón jurídica conservadora, que les impide ver con otros ojos el sistema acusatorio, que lo critican tenazmente, incluso ofenden a sus operadores y llegan a ser tan pesimistas que aseguran que es pan de lo mismo y que no va a funcionar. Al respecto comento que están totalmente equivocados, ya que si bien es cierto, el cambio no será automático en la fecha de entrada en vigencia, nosotros, principalmente los abogados litigantes en la materia penal tenemos la obligación de aportar nuestro granito de arena para que este sistema se vaya perfeccionando, esta transición no es de un día para otro, al contrario creo que llevará muchos años más, pero por lo mismo los operadores tenemos que pulir una piedra en bruto para darle una figura recta, trabajo muy laborioso pero con empeño y dedicación, no imposible.
En lo personal quiero y admiro al sistema acusatorio y oral, soy un férreo defensor del mismo, me ha enseñado demasiado, en la mesa de defensa he tenido experiencias buenas y malas que me han hecho rectificar o ratificar mi desempeño profesional. Siempre he sido autodidacta, desde el inicio de la reforma lo fui más, ya que en la tranquilidad de mi privado diariamente estudio, investigo, busco y analizo como si fuese un estudiante universitario de derecho que tiene que exponer al día siguiente ante su catedrático más exigente, lo que me ha permitido conocer los orígenes del sistema, sus vertientes, sus principio generales y complementarios e infinidad de temas, y que en audiencias preliminares o de debate, llegan a mi memoria y las expreso ante el juzgador para contravenir cuando se requiere a los fiscales.
Hace algunos días en forma de alegoría comenté en redes sociales que en el Sistema Acusatorio existe mayor exigencia a los defensores, de hacer mantenimiento diario a dos espadas que utilizaremos en audiencias preliminares y de debate: la primera, el conocimiento pleno del Derecho Penal y la segunda, el Debido Proceso. Si en el sistema inquisitivo era una obligación el análisis del delito, del delincuente y de la pena, antes de iniciar los mecanismos procesales, lo es más en este sistema, pues el conocimiento es la base del éxito y la ignorancia base del fracaso.
Los abogados tenemos la obligación de prepararnos para ofrecer verdaderas defensas. Nunca es tarde, ya que si no lo hacemos quedaremos en evidencia notoriamente, tanto con los jueces, fiscales, público y lo peor con los familiares y el mismo imputado o acusado.
Agradezco a Dios y a la vida, haberme dado la oportunidad de conocer desde su origen y litigar el mayor cambio en proceso criminal en nuestro país. Y como sociedad debemos de hacer lo que nos toca desde nuestra trinchera para que así el día de mañana, cuando ya no estemos, nuestros nietos y generaciones posteriores tengan un verdadero sistema procesal de justicia.
Agradezco por haber sido pieza fundamental en mi capacitación a las siguientes instituciones: Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC). Secretaría Ejecutiva Oaxaca. Academia Regional de Seguridad Pública del Sureste. American Bar Association Rule of Law Initiative, A.C. (ABA ROLI). California Western School of Law y The Institute for Criminal Defense Advocacy en San Diego, California, Estados Unidos de América.
¡Bienvenida la aplicación del Sistema Acusatorio y Oral en todo el país!
Quedo de ustedes.
Mtro. en D. C. Gerardo Francisco López Thomas.