Amparo
Este es un medio de defensa que tiene por objeto proteger a las personas contra los abusos de autoridad, así como de normas generales que vulneren sus derechos humanos reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, esto significa que es tanto un derecho como una garantía para todos los ciudadanos.
Existen dos vías para la promoción del juicio de amparo, una directa y otra indirecta, dependiendo del acto reclamado y de la trascendencia que pueda tener una resolución en el juicio de origen:
- El amparo indirecto procede contra actos u omisiones de autoridad, así como de los particulares que realicen funciones comparables a las de autoridad y normas generales que causen un perjuicio al quejoso. Quienes son competentes para resolver este tipo de asuntos son los juzgados de distrito y los tribunales unitarios de circuito.
- El amparo directo procede contra sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio, o que sin resolver en lo principal resulten trascendentales para el fallo final; quienes tienen competencia para conocer sobre esta vía son los tribunales colegiados de circuito.
De lo expuesto hasta este punto es claro que el juicio de amparo no puede resolver cualquier problema legal, en razón de los casos específicos de procedencia que contemplan ambas vías y a los objetivos que persigue este juicio.
Es importante mencionar que el juicio de amparo no se puede tramitar en cualquier momento, el quejoso tiene la obligación de agotar los recursos existentes en la ley que rige el acto reclamado antes de promover el amparo, a esto se le conoce como principio de definitividad del acto reclamado.
Al tramitar la demanda de amparo se puede solicitar al juez la suspensión del acto reclamado con la finalidad de conservar la materia del conflicto y de evitar un daño de imposible reparación. Un daño de imposible reparación puede ocurrir, por ejemplo, si el acto de autoridad consiste en una orden de aprehensión que, una vez consumada, puede causar lesiones físicas y psicológicas al quejoso que no pueden ser revertidas.
Dada la naturaleza del juicio de amparo, es habitual que se otorgue la suspensión provisional y posteriormente la definitiva al quejoso; sin embargo, el hecho de que se concedan cualquiera de estas, no significa que se le haya concedido la protección de la justicia federal, sino que simplemente el acto reclamado es detenido hasta que el órgano jurisdiccional resuelva en lo principal y, en caso de que sea negada dicha protección, el acto de autoridad previamente reclamado continue su curso normal.
En conclusión, el juicio de amparo es un medio de defensa con el que cuentan todas las personas para defender sus derechos consagrados en la Constitución contra abusos de autoridad, así como de normas y leyes que trasgredan estos derechos. Este medio de control constitucional tiene una larga historia dentro del sistema jurídico mexicano; no obstante, aún continúa siendo una figura jurídica de vanguardia, la cual ha servido de inspiración para diversos sistemas jurídicos internacionales. El juicio de amparo posibilita la vida democrática del país, al permitirles a los gobernados que sus asuntos sean revisados por tribunales federales y defender así sus derechos.
Comentarios recientes