Para el jurista Gerardo Francisco López Thomas, el contenido del artículo 8o. del Código Penal para el Estado de Oaxaca, se desprende que los delitos pueden ser dolosos o culposos. El dolo significa la conciencia y voluntad de realizar el tipo objetivo de un delito y en el caso del doctor Luis Alberto no habría dolo, porque sería un homicidio culposo.
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